El Tribunal Constitucional rechazó una demanda interpuesta por el Consejo del Poder Judicial (CPJ) en procura de la suspensión provisional de la ejecución de una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que le ordenó la apertura de los tribunales y sedes judiciales de manera presencial, hasta que sea decidido el recurso de revisión de amparo que sometió.
El CPJ sometió la demanda ante el TC en octubre de 2020, en contra de la sentencia 0030-02-2020-SSEN- 00274, dictada por la Primera Sala del TSA, el 9 de septiembre de 2020, la cual le ordenó levantar la suspensión de las labores en los tribunales del país, que dispuso mediante el acta 02-2020, a causa de la pandemia del Covid-19.
Ahora está pendiente la decisión del TC sobre el recurso de revisión de amparo de manera principal que interpuso el CPJ, con el que pretende lograr la nulidad del fallo atacado.
Aunque el CPJ anunció que acataría la sentencia, impugnó ante el TC el fallo del TSA, al considerar que “existen razones constitucionales que ameritan una revisión por parte del máximo intérprete de la constitución para no afectar el orden constitucionalmente establecido”.
En la demanda en suspensión, el CPJ sostiene que “la sentencia que ordena la apertura de todas las sedes del Poder Judicial no contempla que algunas no cuentan con la infraestructura para mantener el distanciamiento físico requerido por el Covid-19, lo cual pone en riesgo la salud de los jueces, servidores y usuarios judiciales”.
El órgano argumentó, en un comunicado de prensa, que “ya había dispuesto la apertura de las sedes que contaban con la infraestructura para mantener el distanciamiento físico que impone el COVID-19”.
ABOGADOS
Una acción de amparo
En la sentencia impugnada, el TSA acogió una acción de amparo interpuesta por el presidente del Colegio Dominicano de Abogados (CARD), Miguel Surum Hernández, en contra del Consejo del Poder Judicial.